Los detenidos, según las autoridades, participaron el sábado 21 de noviembre del 2020, en los disturbios que provocaron destrucción y un encendió en las oficinas públicas del Congreso de la República.
Las fuerzas de seguridad y el Ministerio Publico realizaron este miércoles, allanamientos en Mixco, Villa Canales y Santa Catarina Pinula para capturar a los presuntos implicados. Fue así como se aprehendió a Nanci Chiriz y Juan Francisco Monroy.
En la audiencia de primera declaración, el juez duodécimo penal resolvió ligarlos a proceso por el delito de depredación de bienes culturales.
A los procesados se les benefició con arresto domiciliario y se les impuso una fianza económica de 5 mil quetzales. Deben colocar su huella dactilar el alguna sede del Ministerio Publico y tienen la prohibición de salir del país.
A la fiscalía se les otorgo un plazo de 2 meses para realizar la investigación correspondiente. El 25 de enero del 2022 deberán entregar en el nivel 2 de la torre de tribunales dicha investigación final y el 1 de febrero se discutirá si Chiriz y Monroy podrían o no enfrentar un juicio por depredación de bienes culturales.
¿QUE ES EL DELITO DE DEPREDACIÓN DE BIENES CULTURALES?
el artículo 44 de la ley para la protección del patrimonio cultural de la nación establece penas que van de seis a nueve años
ARTICULO 44. Depredación de bienes culturales. ( Reformado por el Decreto 81-98 del Congreso de la República). Al que destruyere, alterare, deteriorare o inutilizare parcial o totalmente, los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, será sancionado con pena privativa de libertad de seis a nueve años, más una multa equivalente al doble del precio del bien cultural afectado.