Ante el Juzgado Séptimo de Instancia Penal, Alejandro Girón Lainfiesta y Orlando Álvarez Zamora aceptaron el cargo de obstrucción de la acción penal.
Por tal situación, el juez Sergio Mena procedió a condenarlos a prisión. Girón a 1 año y 6 meses de prisión conmutable a razón de Q5 diarios; y Álvarez a un año de prisión conmutable a razón de Q5 diarios.
En esta misma carpeta judicial, el juez resolvió ligar a proceso penal a Juan Francisco Solórzano Foppa y a Justino Brito Torrez por el delito de obstaculización a la acción penal y patrocinio ilegal.
La decisión del juzgador se dio en el marco del caso denominado chantaje, impunidad y lavado de dinero.