Un requisito indispensable para la inscripción de un candidato a cargo de elección popular, según la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), es la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos, es decir el finiquito, el cual es extendido por la Contraloría General de Cuentas (CGC).
Sin este documento, un aspirante a cargo popular no puede ser inscrito, así cumpla con todos los otros requisitos legales. Este fue el caso de la actual alcaldesa de Antigua Guatemala, Susana Asensio, quien por no contar con esta trámtie, no pudo optar por la reelección por el partido Unidad del Cambio Nacional (UCN).
Efectivamente el Registro de Ciudadanos dio la respectiva resolución y en este caso leeré lo que literalmente dice: En el caso de Antigua Guatemala por el departamento de Sacatepéquez se declara vacante al cargo de alcaldesa por no presentar constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos conforme lo considerando. Luis Gerardo Ramírez / Vocero TSE
Aunque se presente un recurso de nulidad por Asensio, la inscripción solo podrá proceder hasta que ella tenga su constancia han indicado autoridades del ente electoral.