La Corte de Constitucionalidad revocó el amparo que había otorgado la Corte Suprema de Justicia al partido Poder.
En ese sentido quedó fuera de la contienda electoral el binomio compuesto por Óscar Castañeda y Luis Adrián Ruiz.
“El Tribunal dictó sentencia por lo que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Tribunal Supremo Electoral”, expuso la Corte.
En tal sentido denegó el amparo solicitado por el partido de Oportunidades y Desarrollo, Poder.
Esta acción se presentó ante el máximo tribunal bajo el argumento, según el TSE, de que esa agrupación política no cumple con los requisitos para competir en la contienda electoral.
Debido a que existen anomalías en la convocatoria para la asamblea de proclamación de candidatos.
En contexto
El jueves 15 de junio la CSJ informó que se otorgó un amparo en definitiva al partido político Poder.
Con esto, también se ordenó la pronta inscripción del binomio presidencial compuesto por Óscar Castañeda y Luis Adrián Ruiz.
En consecuencia, el TSE debía ordenar una reimpresión de papeletas blancas, destinadas para la elección de Presidente y Vicepresidente.
Con esta acción, la resolución de la CSJ no cobrará efecto y deja fuera a ese binomio presidencial.