Tras otorgar un amparo provisional a tres entidades, la Corte de Constitucionalidad (CC) dejó sin efecto el antejuicio promovido contra cuatro de sus integrantes.
Tal acción se da un día después de que la Corte Suprema de Justicia dio trámite al proceso contra Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y Neftaly Aldana, a quienes el abogado José Roberto Hernández Guzmán señala de extralimitarse en sus funciones.
De los aludidos, solo Aldana se inhibió de conocer el caso, lo mismo que Dina Ochoa.
Con esto, los togados logran impedir que la comisión pesquisidora que se conformó en el Congreso pueda iniciar el proceso para conocer los alegatos y descargos en el caso.
En contexto
Hernández accionó ante la CSJ luego de que la CC ordenara al Legislativo realizar la elección de magistrados del Organismo Judicial, excluyendo a los candidatos con señalamientos.
Esto contraviene la Constitución, que establece que es facultad del Congreso de la República elegir a las personas idóneas dentro de las nóminas de candidatos enviadas por las respectivas comisiones de postulación”, argumenta el profesional del Derecho.
La resolución
Tal como ocurrió en octubre pasado, cuando también se accionó contra Porras, Mejía y de Mata, la CC planteó en su resolución que, según el artículo 167 de la Ley de Amparo, los magistrados de ese tribunal no podrán ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de su cargo.