El reclamo por la presencia de Juan Brandáriz ante Levante en la Copa del Rey fue presentado fuera del lapso reglamentario.
Una resolución del Juzgado de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) admitió la alineación indebida del central Juan Brandáriz “Chumi” por parte del Barcelona, en el partido de ida de los octavos de final de la Copa del Rey contra el Levante, pero apuntó que la misma no puede ser sancionada, pues el reclamo se produjo fuera del lapso reglamentario.
Brandáriz estaba suspendido por acumulación de tarjetas amarillas con el Barcelona B, equipo en el que se desempeña el joven central, cuando entró al campo el 10 de enero pasado, en el partido que el Levante dominó 2-1. Una semana después, Barcelona dio vuelta al marcador global y se impuso 3- 0 para ganar un puesto en cuartos de final.
Sin embargo, la jueza Carmen Pérez dictaminó que “no podrá desconocer en ningún caso el límite impuesto en el apartado 4 del artículo 26 del Código Disciplinario Federativo, que dispone que en idéntico término (un plazo que precluirá a las 14 horas del segundo día hábil siguiente al del partido de que se trate) precluirán también las reclamaciones por supuestas alineaciones indebidas y, aún habiéndose producido éstas, quedará automáticamente convalidado el resultado del partido si aquellas no se hubieran presentado dentro del referido plazo.
El reclamo del Levante había sido originalmente rechazado por su extemporaneidad, pero una decisión del Comité de Apelación permitió analizar la pertinencia de la protesta, según señala el sitio Marca.
El Barcelona jugará la final de la Copa del Rey el próximo 25 de mayo contra el Valencia en el estadio Benito Villamarín de Sevilla.
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