El Congreso de la República aprobó en tercera lectura la iniciativa 5463, Ley de Certificación de Discapacidad, la cual permitirá establecer el Sistema Nacional de Certificación de la discapacidad y que el país cuente con estadísticas e información precisa sobre este sector de la población.
Lo cual también permitirá planificar, coordinar y ejecutar políticas y programas de apoyo hacia las personas con discapacidad y sus familias.
Otro aspecto importante de la normativa es que al ser aprobada se creará el Sistema Nacional de Certificación de la Discapacidad, el cual estará bajo el cargo del Ministerio de Salud, ente que tendrá a su cargo su coordinación.
La normativa contiene los mecanismos para levantar el registro nacional, esto incluye la conformación de equipos y juntas evaluadoras, así como el tema de financiamiento, el cual saldrá del presupuesto del Ministerio de Salud.
Certificación de las personas discapacitadas
La normativa señala que será el Ministerio de Salud el que realizará el trámite de registro y certificación, así como de trasladar la información al Registro Nacional de las Personas (RENAP).
Así mismo establece un mecanismo de seguimiento, el cual estará a cargo del Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (CONADI), en su calidad de ente coordinador, asesor e impulsor de las políticas generales en discapacidad, será el ente encargado de establecer los mecanismos para el respectivo seguimiento.
Así mismo llevará una base de datos conforme los registros que le sean reportados por la cartera de salud y el RENAP, reportes que deberán ser anuales, o cuando sean requeridos.