La joven de 21 años ya había cumplido 33 meses de una primera condena de 30 años cuando, por faltas de pruebas, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revocó el fallo en su contra en febrero y ordenó un nuevo juicio con otro juez. Es la primera vez que se repite el juicio de un caso de aborto en el país, que persigue de forma agresiva en los tribunales a las mujeres que han sufrido abortos espontáneos y urgencias obstétricas, acusándolas de asesinato.
Al salir de los juzgados, Evelyn se dirigió a las decenas mujeres que la esperaban y dijo: “Gracias, Dios, se hizo justicia. También doy gracias a ustedes que han estado aquí presentes”.
Visiblemente emocionada, también agradeció el apoyo a los representantes de misiones diplomáticas extranjeras que le han dado seguimiento al juicio. “También le doy gracias a los países internacionales que no han estado apoyando”, manifestó mientras las mueres gritaban “¡Sí se pudo, sí se pudo!”.
Por su parte, la abogada defensora, Bertha María Deleón, dijo que “consideramos que el juez ha sido bastante justo en su resolución, ha dicho que no había formar de probar el delito y por eso la absolvió”.
El caso atrajo la atención internacional debido a que El Salvador es uno de los tres países de Centroamérica que prohíbe totalmente el aborto.
Evelyn afirma que ignoraba que embarazada debido a una violación. Recuerda que un día de 2016 salió a un retrete exterior en su pobre comunidad rural con fuertes dolores abdominales. Al agacharse, afirma, el bebé debió caer al fondo del tanque séptico. Su madre argumentó que había encontrado a su hija desvanecida junto al retrete improvisado y que paró una camioneta descubierta para llevarla a un hospital que estaba a 30 minutos.
Las dos mujeres insisten en que no sabían que había un bebé en el tanque séptico, pero la fiscalía no les cree.
El feto tenía 32 semanas, cerca del término del embarazo, y los forenses no pudieron determinar si había fallecido en el útero o en el pozo. La causa de la muerte sigue sin estar clara.
Pese a que en su resolución el máximo tribunal en materia penal afirmó que no existen pruebas de que Hernández haya actuado intencionalmente para acabar con la vida del recién nacido, el Ministerio Público no cedió en sus intenciones de mandarla a la cárcel y pidió al juez una condena 40 años de prisión.
En el último tramo del juicio, el Ministerio Público alegó comisión por omisión, es decir, que el bebé falleció porque ella omitió realizar una acción de protección, dijo la abogada Elizabeth Deras, una de las defensoras.
El abogado Arnau Baulenas, otro de los defensores, afirmó tras la sentencia que “hoy tenemos una evidencia de que no había delito alguno, no había delito que perseguir porque simplemente fue un resultado no deseado y ojalá este caso nos sirva a futuro para no criminalizar a las mujeres que sufren partos extra hospitalarios”.
Deleón resaltó que en su resolución el juez confirmó que “fue un parto complicado” como el de muchas mujeres que están presas, mujeres que desde hace más de 10 años están en prisión por un hecho que no es delito y vamos a vamos a seguir luchando, estamos esperanzadas y con toda las fuerzas”.