El jefe del Organismo Ejecutivo, Bernardo Arévalo, hizo la entrega formal de una iniciativa de ley que busca modificar la ley orgánica del Ministerio Público (MP), con la cual busca remover del cargo, a la actual Fiscal General, María Consuelo Porras.
En su discurso en el salón de los pasos perdidos, el mandatario guatemalteco reiteró el mensaje de ayer, e indicó que la iniciativa se presenta para abrir el camino para que la fiscal rinda cuentas, y sea removida de su cargo en el marco de la ley.
Además que restablece parámetros establecidos originalmente en la constitución, y preservan la autonomía de la institución.
En manos del Congreso
El presidente dijo que el Congreso tiene en sus manos el mandato de transformación y que apoyar esta reforma es fortalecer la democracia y evitar que se caiga en la no rendición de cuentas.
Por otro lado dijo que estar en contra es favorecer que se perpetúe la corrupción en el país.
“Está en manos del Congreso la posibilidad de responder al clamor del pueblo y hacer que Guatemala salga adelante. Esperamos que esta legislatura se ponga del lado de la democracia y la justicia”, puntualizó.
Contenido de la propuesta de ley
La iniciativa propone reformar el artículo 14 de la ley orgánica del MP, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 14. Remoción. El Presidente de la República podrá remover al Fiscal General y Jefe del Ministerio Público, por causa justificada debidamente establecida”.
En cuanto a las causas justificadas, establece las siguientes:
a) La comisión de un delito doloso durante el ejercicio de su función, siempre y cuando haya sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada. Se producirá el cese del ejercicio de sus funciones, una vez decretado el auto de prisión preventiva, según las disposiciones de la Ley en materia de Antejuicio.
b) Falta de capacidad, idoneidad u honradez sobrevenida, debidamente comprobada, en el ejercicio de sus funciones. Se considera acreditada esta causal, por cuatro motivos:
Declaratoria de estado de interdicción por un juez en resolución firme.
Enfermedad notoria que afecte las facultades para cumplir con sus funciones, debidamente comprobada.
Por falta de debida diligencia o incumplimiento de las funciones y atribuciones que establece la Constitución y las leyes vigentes para el ejercicio de la acción penal pública en diferentes delitos.
Asimismo por conocimiento de haber cometido alguna de las faltas muy graves que establece la literal c y subliterales a., b., c., d., h., l., m., n., s., t., y u del artículo 62 de la presente ley, o bien permitir y consentir la comisión de dichas faltas en sus subalternos.
También se establece que previo a la remoción el fiscal tendrá derecho a que le otorguen una audiencia y se establece el mecanismo para la elección de un nuevo jefe del MP e indica que contra la decisión del Presidente no cabe recurso ordinario alguno.
Respecto a la retroactividad de la ley y lo que señalan expertos en torno a que no aplicaría a Consuelo Porras, el mandatario dijo que los abogados del Gobierno indican que el tema de la no retroactividad es para el ámbito penal.
Rendición de cuentas
En la exposición de motivos se presentan argumentos en torno a la rendición de cuentas de todo funcionario público, incluidas instituciones extra orgánicas como se refiere a entes como el Ministerio Público, entre otros.
“Actualmente la ley Orgánica del MP, en la causal de remoción del Fiscal General y Jefe del Ministerio Público limita la facultad de sustitución conferida al presidente de la República a los actos ligados a la persecución penal, que dirige precisamente la autoridad sujeta a remoción, lo cual evidencia un claro conflicto de interés”, señala.
Descarta influencia de Estados Unidos
Respecto a la pregunta de si la presentación de la iniciativa está relacionada con la próxima visita del Secretario de Estado de Estados Unidos, Antony Blinken, o a una supuesta reunión con funcionarios estadounidenses, indicó que no hubo y que serán esta semana.
Además que rechazó que haya algún tipo de relación y que es una decisión del Gobierno de Guatemala, que se tomó en el momento oportuno.