A partir del 1 de mayo, estará prohibida la pesca de diversas especies en regiones del caribe guatemalteco, según el Acuerdo Ministerial 52-2019, publicado el jueves recién pasado en el diario oficial.
La normativa fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) y establece la veda de pesca de especies marinas específicas, en lapsos determinados, en las bahías de Amatique, Santo Tomás de Castilla, La Graciosa, Santa Isabel.
Asimismo, para las desembocaduras de los ríos Dulce, Sarstún y Motagua, el Canal Inglés, Zona Marítima Expuesta de Punta de Manabique, mar Caribe, Lago de Izabal, Bajo de Motagua y el Golfete, todos en Izabal.
Según la norma, las restricciones tienen como objetivo proteger y evitar la disminución de peces en esas áreas.
Las restricciones de pesca se establecieron de esta manera:
![](https://www.tn23.tv/wp-content/uploads/2019/03/veda-de-pesca.png)
Sanciones
Quienes no acaten estas disposiciones podrían recibir sanciones que van desde los Q8 mil hasta los Q80 mil, y en caso de reincidencia, la multa sería de Q80 mil más la suspensión de pesca por un período de 6 a 12 meses, cita la norma.
En caso de que el incumplimiento viniera de parte de embarcaciones extranjeras, el castigo sería una multa de Q800 mil más el decomiso del producto, la embarcación e insumos de pesca.