El Ministerio de Educación (Mineduc) publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial 1600-2022 las Normas Sanitarias para la prevención y control de infecciones por SARS-CoV-2 o COVID-19 para los centros del sistema educativo nacional de todos los niveles con el objetivo de coadyuvar en la prevención, vigilancia, control, mitigación y contención del virus.
En el acuerdo el Mineduc indica que toda la población educativa debe continuar con las medidas de prevención de contagios, entre ellas describe cinco puntos.
- Uso obligatorio de mascarillas
- Áreas ventiladas
- Distanciamiento físico de al menos 1.5 metros de distancia
- Espacios o puntos de higiene de manos
- Evitar compartir alimentos
Encargado de Salud Escolar
Según el artículo 4 del Acuerdo Ministerial, se crea la figura de Encargado de Salud Escolar. En él, se detalla que todo centro educativo deberá contar con un responsable de referir al sistema de salud casos sospechosos de contagio y dar seguimiento a los protocolos del Mineduc.
Además, todas las escuelas, los directores, docentes y personal administrativo deberán cumplir con los protocolos para detectar y aislar oportunamente a personas o grupos que presentes síntomas de infección.
En el artículo 7, la cartera educativa señala que podrá modificar la entrega de educativa cuando exista una notificación de aumento de masivo de casos COVID-19, por incumplimiento de medidas de bioseguridad por supervisiones de Salud o verificación del propio Mineduc.
Tablero de Regulación Según Alerta Sanitaria
A este acuerdo se anexó un tablero que contiene como se deben regir las actividades docentes, actividades escolares, transporte y el sistema de burbujas en las distintas alertas del Semáforo epidemiológico.