Este miércoles 24 de abril se oficializó por medio del Acuerdo legislativo 21-2024 la convocatoria para la integración de las comisiones de postulación que se encargarán de integrar la nómina de postulados para elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones y demás tribunales de igual categoría.
Según establece el acuerdo, ambas comisiones deberán remitir las nóminas de candidatos al legislativo en el plazo que señala el artículo 24 del Decreto 19-2009 del Congreso, Ley de Comisiones de Postulación.
Asimismo, se indica que dichas comisiones, de conformidad con el acuerdo en mención, deberán notificar al Congreso de la República, inmediatamente después de quedar integradas, el nombre de las personas que la conforman para los efectos legales correspondientes.
El pasado 16 de abril, el Legislativo realizó la votación correspondiente en el hemiciclo parlamentario para la convocatoria de las postuladoras, lo cual obtuvo el voto favorable de 132 congresistas, lo cual da vía libre para que inicie el proceso de elección, con el primer paso que es la conformación de las comisiones y con la publicación del acuerdo queda vigente.
El relevo de la actual magistratura se debe realizar el 13 de octubre, de acuerdo con lo que establece la ley.
¿Quiénes integran las comisiones de postulación para CSJ y Corte de Apelaciones?
De acuerdo con la normativa vigente, la comisión de postulación para la elección de magistrados de la CSJ, se debe conformar por las siguientes personas:
- Un representante de los Rectores de las Universidades del país, quien la preside.
- Los Decanos de las Facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas de las Universidades del país.
- Un número equivalente de representantes electos por Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios.
- Un número equivalente de representantes electos por la Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y por igual número de representantes electos por los magistrados titulares de la Corte de Apelaciones y demás tribunales a que se refiere el artículo 217 de la Constitución.
Mientras que en el caso de la postuladora para elegir magistrados para la Corte de Apelaciones deben participar:
- Un representante de los Rectores de las Universidades del país, quien la preside.
- Los Decanos de las Facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas de las Universidades del país.
- Un número equivalente de miembros electos por la Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y por igual número de representantes electos por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.