Autoridades informaron sobre la aprehensión de tres hombres en el kilómetro 92 ruta al atlántico, San Cristóbal Acasaguastlán, El Progreso, por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).
Los capturados
Keneth Felipe Agustín Oliva de 21 años
Hugo Fabian Valenzuela Lemus de 19 años
Carlos José Andrés Duarte Sosa de 21 años
Según el informe brindado, son los presuntos responsables de realizar disparos, portando dos pistolas de manera ilegal. además, detallan que los detenidos viajaban en un vehículo por dicha ruta y fueron capturados tras una persecución.
Penas
La Ley de Armas y Municiones regula la tenencia y portación de armas. Con relación a la portación en su artículo 123, señala que: “comete delito de portación ilegal de armas de fuego de uso civil o deportivas, quien, sin licencia de la DIGECAM, o sin estar autorizado legalmente porte armas de fuego de las clasificadas como de uso civil, deportivas o ambas clases.
La sanción para quien resulte responsable de este delito será de 8 a 10 años de prisión inconmutables y comiso de las armas.
Por disparar al aire
Mientras que en el artículo 127 dice: Comete este delito quien dispare con arma de fuego, sin causa justificada. El responsable de este delito será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años y comiso del o las armas. La DIGECAM no otorgará licencia de portación de armas por un período de tres (3) años a quien resulte culpable de este delito.
Pero, la pena se agrava si quien manipula el arma de fuego se encuentra bajo efectos de licor, carece de licencia de portación y si hiere a una persona.
La pena se incrementa de 10 a 15 años de prisión, si las armas son clasificadas como de uso exclusivo del Ejército de Guatemala, explosivos, armas químicas, biológicas, atómicas, trampas bélicas y armas experimentales, según el artículo 125.