Las entidades están en contra de la acción de inconstitucionalidad parcial contra el artículo 3 de la Ley del Banco de Datos Genéticos para uso Forense, presentada por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF)
Los ponentes dijeron que las frases impugnadas por el Inacif: “Por ser un dato que protege el bien común y los derechos individuales de los sindicados inocentes y las víctimas, se autoriza que se tome la muestra de ADN de sangre de la persona sindicada, aunque ésta lo rehúse” y “el médico que extraiga la sangre observará los protocolos médicos de higiene”, no representan inconstitucionalidad.
Ana Victoria Maldonado, Consultora del Observatorio de Salud Sexual y Reproductiva (OSAR), explicó que la acción “plantea la inequidad que existe en el caso de la víctima que debe demostrar que efectivamente fue víctima a través de exámenes que son revictimizantes hasta cierto punto para las niñas y adolescentes, víctimas de abuso sexual. Que no es (el tomar la muestra de sangre) equitativo con los exámenes que tienen que hacerse las víctimas”.
En el documento, se incluyen trece puntos que esperan que los magistrados evalúen para declarar sin lugar la inconstitucionalidad planteada. Entre ellos; el hecho de que esta práctica no es invasivo ni viola la intimidad, que no es estigmatizante, no sugiere la culpabilidad del sindicado, no equivale a declarar en contra de sí mismo, que el interés social prevalece sobre el interés individual y que incluso puede aportar para exonerar a personas inocentes.
Alejandro Chang ex coordinador del Registro Nacional de Agresores Sexuales (RENAS), argumentó que el interés social debe prevalecer sobre el interés particular, “a una persona que no le convenga que le saquen la muestra genética única y exclusivamente le conviene al particular y no a los intereses sociales que procura la constitución. Esto puede propiciar que existan delitos sexuales y delitos contra la vida, que se queden impunes.”, puntualizó
Ley del banco de datos genéticos para uso forense
El acuerdo 22-2017 aprobado el 28 de noviembre de 2017 pero entró en vigencia de manera total el 1 de enero de 2019, y tiene por objetivo la recopilación de información genética para facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación criminal.