Tal y como lo anunció el presidente Alejandro Giammattei hoy fueron publicados en el Diario de Centro América los reglamentos de estos bonos, que son parte de la ayuda que brinda el Gobierno para las familias vulnerables ante la pandemia Covid-19 en Guatemala.
Bono Familia
Este bono denominado “Bono Familia” desarrollará y facilitará “la aplicación de la norma de creación del contenido en la Ley de Rescate Económico” a las familias con escasos recursos económicos.
Específicamente este bono, cuenta con un fondo de Q6 millardos que será destinado al otorgamiento de aportes de hasta Q 1 mil que cumplen los siguientes requisitos:
-A las personas cuyo consumo eléctrico del mes de febrero del año 2020 no supere los 200 KWH
-Para las personas que no cuentan con el servicio de energía eléctrica
Existen unas condiciones de priorización aquellos que “viven en pobreza, sean madres solteras y hugares monoparentales, adultos mayores, personas con discapacidad, con enfermedades crónicas y degenerativas, familias con menores en estado de desnutrición y concentración de fuerza laboral por departamento”, según se explica en su artículo 7.
Por otro lado, se excluye a las personas:
-Que sean servidores públicos
-Que cuenten con un contrato administrativo de prestación de servicios vigentes con el sector público.
-Personas que reciban pensiones, incluyendo las clases pasivas del Estado y los que reciban pensión por parte del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
El cumplimiento de este bono y su entrega estará a cargo del Ministerio de Desarrollo (MIDES). Lea el documento completo:
Bono del Tesoro
Este es el reglamento para la emisión, negociación, colocación y pago del servicio de los Bonos del Tereso de la República de Guatemala, autorizados en el decreto 13-2020 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Rescate Económico para las familias por los efectos causados por el Covid-19.
El Bono del Tesoro son los títulos valores de largo plazo emitidos por el Organismo Ejecutivo, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas. Este reglamento regula la emisión, negociación, colocación, liquidación, así como el pago del servicio de los Bonos del Tesoro de la República de Guatemala.
Según el capítulo IV, de esta forma será la negociación, colocación y liquidación:
Puede leer el documento completo acá:
Bono del Empleo
Por último, se publicó el reglamento para el otorgamiento del beneficio del fondo para la protección del empleo, cuyo contenido establece las condiciones y requisitos para acceder al beneficio económico que el Estado Otorgará a los trabajadores del Sector Privado, cuyos contratos de trabajo han sido suspendidos.
El monto de esta ayuda es e Q75 diarios por trabajador el cual se entregará por medio de un deposito bancario, transferencia o cuenta del trabajador o cualquier otro medio o instrumento disponible por parte de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala.
El único beneficiario es para el trabajador del sector privado cuyo contrato haya sido suspendido y éste se encuentre debidamente autorizado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Proceso
Según el decreto 13-2020, para hacer efectivo el acceso del Fondo para la Protección del Empleo, deberán cumplir lo siguiente (Artículo 4):
-El empleador o representante legal, ingresará a la plataforma electrónica ubicada en el sitio web www.mineco.gob.gt e ingresará los datos requerido por el formulario, adjuntando la autorización de la suspensión emitida por la cartera de trabajo.
-El Ministerio de Económica por conductor de la Dirección de Servicios Financieros Empresariales, del Viceministerio de Desarrollo de la Microempresa, Pequeña y Mediana Empresa, admitirá el trámite.
-Luego se emitirá la autorización para la procedencia del pago del beneficio económico.
-Por último, se efectuará la acreditación del depósito bancario por medio del instrumento disponible.
Lea el documento completo: