El Ministerio de Economía (Mineco), publicó en el diario oficial, la Normativa para la activación y administración de contingentes arancelarios por desabastecimiento de maíz amarillo y blanco. Entre las consideraciones explica que el propósito es actuar de forma eficiente, transparente, ágil y expedita para regular el procedimientos.
Para la activación, el capitulo II, tendrá que presentar documentación de:
-Personas interesadas, ya sea empresa o cooperativa podrán solicitar a Mineco la activación del contingente con argumentos técnicos.
-Informes técnicos elaborados por Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación (MAGA) además de la cartera de Economía.
-Informe del MAGA, este lo enviará a Mineco y debera contener: volumen de producción nacional para solicitar la activación y el volumen de desabastecimiento estimado.
-Informe de Mineco que deberá contener: volumen de las importaciones del maíz para solicitar la activación del contingente, volumen y destino de las exportaciones del maíz y precio del mercado nacional.
-Un informe de análisis de la información.
Registro de empresas y cooperativas
Los propietarios deberán estar registrados en las siguientes plataformas para brindar los siguientes documento ►
El artículo 10 indica los importadores enviarán electrónicamente la documentación requerida a través del sistema para confirmar la inscripción. El siguiente artículo aclara que las solicitudes realizadas no podrán ser transferidas o enajenado bajo ningún motivo.
La información de la adjudicación será la siguiente:
Por último, se establecen los permisos y obligaciones, los requisitos fitosanitarios que deben cumplir, la presentación del certificado y la sustitución o cancelación del certificado. El documento resalta que los casos no previstos serán analizados por las autoridades de la dependencia de economía. Dicho acuerdo entrará en vigencia este próximo 1 de enero 2022.
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