El miércoles 18 de mayo, fue aprobado de urgencia nacional en el Congreso de la República el Decreto 28-2022, con el voto favorable de las dos terceras partes del número total de legisladores, en el cual se establece la ampliación del subsidio al precio de la gasolina y diésel.
Este lunes 23 de mayo, el mencionado Decreto fue publicado en el Diario Oficial, reformando la Ley de Apoyo Social Temporal a Consumidores de Diésel y Gasolina Regular (Decreto 20-2022), para que el nombre quede así: “Ley de Apoyo Social Temporal a Consumidores de Diésel y Gasolina Regular y Superior”.
En el artículo 2, se reforma el artículo 1 del Decreto Número 20-2022, el cual queda así:
Artículo 1. Objeto de la ley
La presente Ley tiene por objeto establecer el apoyo social temporal a los consumidores de diésel y de gasolinas regular y superior, con el objeto de beneficiar a la población guatemalteca que consume dichos productos.
Mientras en el artículo 3, se reforma el artículo 2 del Decreto Número 20-2022 el cual queda así:
Artículo 2. Apoyo social temporal a los consumidores de diésel y de gasolinas regular y superior
Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Energía y Minas, otorgue un apoyo social temporal a los consumidores de combustibles, estableciendo para el efecto lo siguiente:
El apoyo social será otorgado durante cuatro meses a partir del inicio de la vigencia del reglamento de la presente Ley.
El monto de dicho apoyo social temporal será, durante el período comprendido de la vigencia del Decreto hasta el treinta de mayo de dos mil veintidós, de cinco quetzales por cada galón de diésel y de dos quetzales con cincuenta centavos por cada galón de gasolina regular.
A partir del treinta y uno de mayo del 2022, el apoyo social temporal será de siete quetzales por cada galón de diésel; de cinco quetzales por cada galón de gasolina regular; y de cinco quetzales por cada galón de gasolina superior.
En todas las facturas emitidas en la cadena de comercialización, deberá consignarse la anotación del apoyo social temporal establecido.
Se amplía el Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022 por el monto de dos mil doscientos sesenta millones de quetzales en la forma siguiente:
Se aprueba la ampliación del Presupuesto General de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, por el monto de dos mil doscientos sesenta millones de quetzales, el cual será financiado con recursos de la disminución de caja y bancos de recursos del tesoro, con la finalidad de garantizar el financiamiento del apoyo social temporal aprobado en la presente Ley.
Decreto 28-2022