El Acuerdo Gubernativo 121-2021, del Ministerio de Educación dio a conocer este día por medio del diario oficial el “Reglamento de la Ley que reconoce y aprueba la lengua de señas de Guatemala” para que se aplique en las instituciones educativas públicas y privadas del Sistema Educativo Nacional que tengan inscritos estudiantes con discapacidad auditiva.
El reglamento destaca que estos establecimientos deben contar de forma gradual y progresiva, con docentes “capacitados en el uso de Lenguaje de Señas de Guatemala (Lensegua)”, con el objetivo que exista una mejor comunicación en el proceso educativo de los estudiantes sordos que que atiende el centro educativo.
Detalles
En el artículo 5 y 6, se establece que el Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (CONADI) a través de su unidad asesorará a las personas para que puedan obtener los materiales necesarios y puedan impartirse los cursos. Asimismo, se podrán establecer alianzas con otras instituciones para fortalecer el programa de aprendizaje para el sector educativo.
Las funciones que tendrán, según el reglamento publicado será:
Así mismo, el documento contiene los mecanismos de autorización y certificación educativa.
Financiamiento
La Dirección General de Educación Especial (DIGEESP) gestionará el financiamiento para la implementación de la Lengua de Señas de Guatemala con la asesoría de CONADI. El Acuerdo entrará en vigencia este sábado 12 de junio de 2021.
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