Por medio de cadena nacional el presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei, declaró estado de Calamidad Pública, para los siguientes 30 días, en todo el territorio guatemalteco.
En Consejo de ministros hemos decidido declarar estado de Calamidad Pública en todo el territorio de la República de Guatemala, por un plazo de 30 días el cual estará enfocado específicamente en la adopción de medidas para la contención y atención de la pandemia de conformidad con la Ley de Orden Público”, declaró el mandatario.
Medidas
Minsalud deberá de ejecutar todas las acciones necesarias a fin de prestar todos los servicios públicos indispensables para mitigar la propagación del virus Covid-19.
Se limitara la locomoción a partir de las 22:00 horas del día, hasta las 4:00 horas del día siguiente, esta medida entrará en vigencia el domingo 15 de agosto.
Los aforos deberán cumplirse de acuerdo con lo ya establecido por el Minsalud, en el tablero de alertas sanitarias vigentes.
Se limitan la concentración de personas.
Prohibidas o suspendidas toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de eventos o reuniones que conforman las disposiciones presidenciales.
Están permitidas las manifestaciones públicas, que lleven la debida notificación y cumplan con las medidas sanitarias.
Las medidas están enfocadas en la contención del virus, sin afectar el sistema de Justicia, las actividades económicas, prestación de servicios públicos, entre otras actividades esenciales”, remarcó el presidente.
¿Qué es toque de queda?
Se refiere a la prohibición o restricción, establecida por instituciones gubernamentales, de circular libremente por las calles de una ciudad o permanecer en lugares públicos, permaneciendo los habitantes únicamente en sus hogares salvo excepciones de necesidad o urgencia. Puede abarcar horarios nocturnos, así como el resto del día, dependiendo de las circunstancias. Es, por tanto, una limitación o restricción legal de la libertad de circulación, considerada internacionalmente un derecho humano y por muchas legislaciones como un derecho constitucional.
¿Qué es estado de calamidad?
El estado de Calamidad Pública en Guatemala es una medida que puede ser decretada por el Ejecutivo. Esta disposición busca evitar en lo posible los daños y reducir los efectos de cualquier eventualidad que azote al país. Así como también, aplica para calamidades suscitadas en determinadas regiones.
Este mandato está establecido dentro de la Ley de Orden Público de Guatemala —aprobado el 30 de noviembre de 1965—. Específicamente, se describe en el capítulo IV, artículo 14 y artículo 15. En ambos incisos se describen tanto el motivo como las medidas a tomar en caso de decretarse este mandato.
¿Qué implica el estado de Calamidad Pública?
*Centralizar en la entidad o dependencia que el decreto señale todos los servicios públicos, estatales y privados, en la forma y circunstancias que el estado de Calamidad pública lo requiera. Cuando se trate de servicios que presten entidades de carácter internacional, se procederá de acuerdo con los convenios respectivos.
*Limitar el derecho de libre locomoción, cambiando o manteniendo la residencia de las personas, estableciendo cordones sanitarios, limitando la circulación de vehículos o impidiendo la salida o entrada de personas en la zona afectada.
*Exigir de los particulares el auxilio o cooperación que sean indispensables para el mejor control de la situación en la zona afectada.
*Impedir concentraciones de personas y prohibir o suspender espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones.
*Establecer precios máximos o mínimos para los artículos de primera necesidad y evitar su acaparamiento.
*Ordenar la evacuación de los habitantes de las regiones afectadas o que estén en peligro.
*Dictar las medidas adecuadas para el resguardo de las fronteras internacionales.
*Tomar todas las medidas necesarias para que la calamidad no se extienda a otras zonas para la protección de las personas y de sus bienes.