De forma provisional, la Corte de Constitucionalidad suspendió las disposiciones municipales de observancia general, contenidas en acta 073-2020 del Consejo Municipal de la comuna de San Marcos, relacionadas a la restricción de movilidad en la cabecera departamental.
En tal sentido, la máxima corte ordena a las autoridades municipales levantar la limitación de locomoción en dicho lugar.
En contexto
Desde el 11 de agosto, las autoridades locales decidieron cerrar el municipio de San Marcos durante 13 días, como medida de seguridad para contener el avance de la pandemia del Covid-19.
La comuna acordó la medida por “el grave riesgo” de migración que estima podría ocurrir desde San Pedro Sacatepéquez, colindante con la cabecera departamental y que también adoptó medidas de seguridad.
Las limitaciones
Con dicha resolución municipal, los mercados y plazas comunitarias permanecen cerrados. El servicio de transporte público y taxis está suspendido. Incluso, autobuses extraurbanos provenientes de otros lugares no pueden ingresar a la cabecera departamental.
La circulación en vehículos particulares se autorizó para un máximo de tres personas, las motocicletas sí podrán circular. Además, se prohibieron las reuniones sociales y solo se permite mantener abiertos locales como farmacias, tortillerías en horario regulado, entrega de alimentos a domicilio, entre otros servicios básicos.
Las entidades públicas atenderán únicamente en casos de emergencia.
Dichas restricciones finalizarían el 23 de agosto.