El titular de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Marco Livio Díaz, emitió una resolución en la cual se amplía el plazo para que los pequeños contribuyentes se incorporen al Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
En su artículo 1, la resolución señala que este grupo de contribuyentes deberán iniciar con la emisión de sus documentos tributarios electrónicos a más tardar el 1 de julio de 2023; para lo cual deben cumplir con lo que establece el Acuerdo de Directorio Número 13-2018, que contiene lo concerniente al Régimen FEL y demás disposiciones aplicables.
Esto quiere decir que este grupo de contribuyentes cuentan con tres meses más para realizar este cambio en su facturación; tomando en cuenta que la fecha límite era este 31 de marzo.
Autorizaciones vigentes de otros medios o formas de emisión quedarán sin efecto
Así mismo, la resolución señala que a partir del 1 de julio, las autorizaciones vigentes de otros medios o formas de emisión de documentos tributarios y las autorizaciones para emitir facturas u otros documentos con Número de Identificación Tributaria (NIT) y nombre del receptor en blanco, quedarán sin efecto.
Es decir que a partir de esa fecha, el Régimen FEL será el único medio para la emisión de los documentos tributarios que se encuentren disponibles dentro del mismo.
La resolución empezará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial.