El subsidio para consumidores de gas propano está vigente a partir de hoy, viernes 1 de abril. En cumplimiento al reglamento de la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, que se publicó el 23 de marzo.
De esa cuenta el Ministerio de Energía y Minas (MEM) hizo oficial, mediante Acuerdo Ministerial 88-2022 los precios de referencia máximos para el Gas Licuado de Petróleo para optar a dicho apoyo.
El artículo 1 establece los precios de referencia máximos en planta o depósito de envasado al expendio de gas licuado envasado en cilindros; y el precio de referencia máximo al consumidor en cilindros de 10, 20,25 y 35 libras; siendo los siguientes.
El artículo también señala que para optar al apoyo social temporal, el envasador debe cumplir con el precio de referencia que establece el presente acuerdo.
En ningún caso, el precio al consumidor podrá ser superior al establecido en el presente artículo”, indica el acuerdo.
Variaciones en el mercado internacional
El artículo dos señala el procedimiento que se seguirá en caso existan variaciones en el precio internacional del Gas Licuado de Petróleo (GLP) y que afecten al mercado local.
En ese sentido el acuerdo establece que los precios de referencia máximos pueden ajustarse a esas variaciones mediante el cálculo que realice el MEM y posterior emisión de un nuevo acuerdo.
Vigencia
En el artículo tres se indica que la vigencia de este acuerdo inicia el 1 de abril de 2022 y su temporalidad se sujeta a la vigencia del Acuerdo 74-2022 que regula el subsidio al gas que estará vigente durante tres meses.