Este lunes 13 de junio el Congreso de la República publicó en el Diario Oficial el Decreto número 32-2022, en el cual da a conocer la ampliación temporal de vigencia del Documento Personal de Identificación (DPI).
La ley es de naturaleza temporal y tendrá por objeto garantizar a los titulares del DPI que se encuentren vencidos o estén por vencerse, su derecho a la identificación personal, en actos civiles, políticos, administrativos y legales que realicen ante entidades judiciales, administrativas, privadas o de cualquier índole.
Declaratoria de validez
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, de todo DPI que se encuentre comprendido en los siguientes casos:
Los que a partir del 1 de enero de 2023 se encuentren vencidos y sus titulares no hayan iniciado con el procedimiento de renovación ante el Registro Nacional de Personas (Renap).
Aquellos que hayan vencido a partir de la fecha de entra de en vigencia del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Eficiencia de procedimientos
El Renap deberá agilizar, automatizar, simplificar y priorizar sus procedimientos para la emisión y entrega de los DPI que sean solicitados por primera vez, por reposición o renovación.
Lo DPI que se encuentren vencidos, deberán ser tratados como casos urgentes de renovación, para su pronta emisión y entrega prioritaria a los titulares.
Vigencia
El Decreto 32-2022 entra en vigor el 1 de enero de 2023.