Leopoldo Guerra, registrador de ciudadanos, informó que se analiza la sanción que impondrá el tribunal electoral a una agrupación política que incurrió en campaña anticipada. La sanción podría ser de Q250 mil.
Guerra explicó que la Unidad de Medios y la Unidad de Inspección General del Tribunal Supremo Electoral entregaron 70 expedientes para que se iniciara la investigación por denuncias de supuesta campaña electoral anticipada, pero solo en uno se comprobó, aunque no detalló de qué agrupación se trata.
La Ley Electoral y de Partidos Políticos prohíbe a cualquier persona hacer campaña electoral antes de la convocatoria a elecciones, que en este proceso electoral inició el 18 de marzo.
Bajo esta prohibición, los personajes políticos no podían realizar acciones para publicitar su imagen, tampoco acciones como utilizar los colores que identificaran a su partido político en papelería, medios electrónicos o cualquier publicación.
Multas
El artículo 89 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece las amonestaciones privada o pública a las que el TSE debe proceder en el caso de que un partido político incumpla o desobedezca alguna resolución o disposición escrita de dicho organismo. La amonestación se hará por escrito y explicando las causas que la justifiquen.
El inciso “ñ” indica que incurre en una sanción quien “Realice propaganda electoral fuera de los límites temporales o en contravención con las disposiciones de la presente Ley.” en cuanto los montos, la normativa establece en el inciso “c” que en estos casos “el monto de la multa imponible se contempla al equivalente en moneda nacional, de cincuenta mil un Dólar (US$50,001.00) a doscientos cincuenta mil Dólares (US$250,000.00) de los Estados Unidos de América, dependiendo de la gravedad del hecho.”