El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) publicó las reformas al reglamento para la gestión integral de los residuos de los desechos sólidos comunes, el cual incluye una adaptación a la clasificación al momento de separarlos.
Según el acuerdo 184-2023, se reforma el artículo 12 del reglamento y quedó de la siguiente manera:
“Clasificación: todas aquellas personas individuales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que, como resultado de sus actividades produzcan residuos o desechos sólidos comunes deberán soparlos al momento de su generación de a cuerdo a la clasificación siguiente: Clasificación Primaria; orgánica e inorgánica”.
Esta clasificación de residuos se deberá implementar hasta la fecha de implementación de la clasificación secundaria.
La clasificación secundaria comprende:
Orgánico
Reciclable (papel y cartón, vidrio, plástico, metal, multicapa)
No reciclable
Esa clasificación entrará en vigencia el 11 de febrero de 2025 y a partir de esa fecha será obligatoria.
El acuerdo también señala que las municipalidades podrán establecer una clasificación secundaria extendida que contengan otros materiales no establecidos.
Las reformas al reglamento también incluyen parámetros y normas destinados a la recolección y transporte de los desechos.
Por último, se reformó el artículo 64, el cual otorga un plazo para la adaptación:
“Los entes sujetos a las disposiciones del presente reglamento tendrán un plazo de 42 meses” a partir de su vijencia como un periodo de adaptación.
La vigencia de estas reformas cobrará efecto a partir de este jueves. Se prevé que las autoridades de la cartera de Ambiente brinden una conferencia a la prensa este miércoles para ampliar los detalles de esta normativa.