El Ministerio de Educación (Mineduc), publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 2849-2021 que establece la normativa para regir la Modalidad por Madurez en el Nivel de Educación Media para los Subsistemas de Educación Escolar y Extraescolar o Paralela. Entre sus consideraciones se establece que esta decisión se tomó conforme a la Ley de Educación Nacional, debido a que la Educación por Madurez permite complementar los estudios a las personas que por razones socio-económicas no cursaron el nivel medio.
El artículo 1, autoriza lo siguiente:
a) El programa para el Ciclo de Educación Básica y la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras, ambos de la Modalidad por Madurez, del Ciclo de Educación Diversificada, dirigidos a personas adultas que hayan cumplido 18 años de edad a más al 31 de marzo del ciclo lectivo vigente.
b) La estructura curricular para el Ciclo de Educación Básica y el de la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras, ambos en Modalidad por Madurez del Ciclo de Educación Diversificada, ambos servicios educativos de Nivel de Educación Media, dirigidos a personas adultas que hayan cumplido 18 años de edad a más al 31 de marzo del ciclo lectivo vigente.
A detalle
El Ciclo de Educación Básica y la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras tendrá las siguientes características:
Entretanto, estas disposiciones aclaran algunos aspectos para la población estudiantil que inicie con las clases. Por ejemplo, se detalla en el artículo 4 que el estudiante que inicie sus estudios en cualquiera de los dos programas, deben continuar sus estudios en la Modalidad por Madurez, para quienes interrumpan sus clases, podrán continuar su plan de estudio siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
Ejemplos de clases
La estructura curricular del Ciclo de Educación Básica en Modalidad por Madurez será así:
Para la modalidad presencial, el plan diario de lunes a viernes, jornada matutina y vespertina, los periodos de aprendizaje son de 40 minutos.
Para la modalidad presencial, el plan diario de lunes a viernes, jornada matutina y vespertina, jornada nocturna, los periodos de aprendizaje son de 30 minutos ►
En la Modalidad semipresencial para el plan un día a la semana (incluye domingo), los períodos para el desarrollo de los aprendizajes son de 40 minutos (7 horas).
En el caso de la modalidad a distancia, se proporciona la entrega educativa a la persona distante del centro de estudio, mediante la utilización de medios impresos o digitales elaborados de conformidad con los lineamientos establecidos en el protocolo de procedimientos y gestión de la autorización de la entrega educativa, con base al Acuerdo Ministerial 3590-20211 de fecha 21 de diciembre de 2011.
Por otro lado, en la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras, las áreas y subáreas son:
En el caso de la modalidad presencial, el plan diario de lunes a viernes, jornada matutina y vespertina, los periodos de aprendizaje son de 40 minutos.
Para la modalidad semipresencial, que incluye sábado o domingo, los periodos de aprendizaje son de 60 minutos (10 horas al día).
En el plan dos días a la semana, modalidad semipresencial, será de la siguiente forma:
Todo lo establecido en el presente Acuerdo, será supervisado por la Dirección Departamental de Educación en cada jurisdicción. La presente normativa empieza a regir este miércoles 13 de octubre del año 2021.
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