El Juzgado de Turno de Primera Instancia Penal de 24 horas atenderá delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes en la capital de Guatemala, como parte de la incorporación del Modelo de Atención Integral de la Niñez y la Adolescencia (MAINA).
Durante su anunció el pasado 20 de junio, el Organismo Judicial informó que funcionarán de “manera ininterrumpida durante los 365 días del año.
Debemos resolver los casos de violencia física y sexual, trata de personas con las diferentes organizaciones para darle la protección a la niñez y adolescencia” señaló Néstor Vásquez, presidente del Organismo Judicial, en la Firma del convenio MAINA.
Oficializan funcionamiento
En el acuerdo gubernativo número 28-2019 publicado este jueves en el Diario de Centroamérica, señala que “es facultad de la Corte Suprema de Justicia crear órganos jurisdiccionales para administrar justicia”.
El incremento de procesos de niñas, niños y adolescente víctima de delitos, hacen necesario crear órganos especializados que eviten la realización de prácticas o de procedimientos que victimización secundarias como consecuencia de entrevistas o declaraciones reiteradas, demoradas, prolongadas o innecesarias”, señala el acuerdo.
En otros juzgados, los menores debían presentarse en varias ocasiones junto con el agresor, además otros de los desafíos que tenían era “la lentitud de los procesos” según lo dijo la Fiscal General del Ministerio Público en la firma del MAINA.
Daremos respuesta rápida en un día para proteger los derechos de los menores, es el único modelo a nivel latinoamericano que tendrá una sede de este tipo, así que estaremos a la vanguardia en la implementación de los mecanismos que busca solución de los delitos”, aseguró María Consuelo Porras Argueta.
Horario de atención
El Juzgado de Turno de Primera Instancia Penal ubicada en la Avenida Simeón Cañas 10-71, en la zona 2 de la ciudad capital, atenderá las 24 horas del día incluyendo fin de semana, días de asueto, feriados de manera ininterrumpida según artículo 2 del acuerdo 28-2019.
Medidas especiales del Juzgado
Este juzgado velará porque las medidas cautelares solicitadas por el Procurador de la Niñez y Adolescencia de la Procuraduría General de la Nación incluya la prestación de servicios psicosociales, de salud física y mental, educativos, de protección social u otras que permita desde el inicio del proceso un abordaje integral a la víctima según su artículo 4.
En todos los casos los jueces y juezas no separarán a los menores de sus padres. En caso en que se determine la reparación por violencia, el juez o jueza deberá procurar el traslado del niño, niña o adolescente a un lugar de acogimiento familiar temporal”.