El Decreto 8-2019 en el que el Congreso ratifica la ampliación del Estado de Sitio, por treinta días más, en municipios de Izabal, Alta Verapaz, Zacapa, El Progreso y Petén fue publicado este martes en el Diario Oficial.
El documento incluye reformas a los artículos 3 y al último párrafo del artículo 5 del Decreto Gubernativo 4-2019 emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros el pasado 7 de octubre, en el que se declara el Estado de Sitio.
Dichas reformas están relacionadas a la limitación de los derechos constitucionales en el caso del artículo 3, y a la función del Presidente y de las autoridades de entidades estatales que deben cooperar con las “autoridades militares y civiles para recuperar la seguridad y tranquilidad de los habitantes radicados en los municipios donde se aplica el Estado de Sitio”.
Otro punto importante en esta reforma es que establece que el Consejo Nacional de Seguridad debe remitir un informe específico, dentro de los ocho días de finalizada la declaratoria de Estado de Sitio, de lo riesgos y amenazas de la seguridad de los municipios incluidos en la declaratoria, así como los logros alcanzados al finalizarlo.
También adiciona el artículo 5 bis al decreto original, sobre normas para eventos de adquisición pública, en base al artículo 32 de la Ley de Orden Público, Decreto 7 de la Asamblea Nacional Constituyente.
Esta norma requiere un informe circunstanciado de los gastos incurridos dentro de las excepciones contenidas en el Estado de Sitio decretado, entidad responsable de los gastos realizados y logros alcanzados con la ejecución y el nombre de entidades, empresas, personas individuales y jurídicas que hayan participado en la ejecución de los recursos.
Por último establece algunas prohibiciones e instrucciones a las unidades ejecutoras para la transparencia de los gastos.
Este decreto entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.