La propuesta del ente electoral busca incorporar al Organismo Judicial, ministerio de Gobernación y la Secretaría de Extinción de Dominio. El objetivo, según el TSE, es evitar el financiamiento electoral ilícito en la campaña de los partidos políticos de 2019.
El convenio pretende que al TSE le sea trasladada información inmediata sobre personas condenadas por cualquier delito contra la administración pública, así como por los delitos de lavado de dinero u otros activos. También de quienes cuyos bienes hayan sufrido procesos de extinción de dominio o estén vinculadas a estos.
La Senabed responde:
Las funciones que la Ley de Extinción de Dominio asigna a la SENABED, son exclusivamente las de velar por la correcta administración de todos los bienes que tenga bajo su responsabilidad y los declarados en extinción de dominio en aplicación de la ley indicada.
Además, estará a cargo de la recepción, identificación, inventario, supervisión, mantenimiento y preservación razonable de los bienes.
Así mismo, será la responsable de enajenar, subastar o donar los bienes declarados en extinción de dominio.
La SENABED expone en la carta enviada a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral que:
Esta Secretaría recibe instrucciones del Juzgado de Primera Instancia de Extinción de Dominio a través de resoluciones que consignan los datos de los bienes y el número de causa. No así, el nombre de los procesados. Por esta razón,sólo se registran bienes en el SICOIN. No existe registro de nombres de personas.
Por lo cual, la Secretaría de Extinción de Dominio considera que:
No es menester que exista un Convenio interinstitucional entre ambas entidades. Porque la SENABED en su calidad de institución del Estado, cumplirá con la inmediatez necesaria cuando el Tribunal Supremo Electoral solicite información relacionada a las atribuciones y funciones que le competen.
-
- Respuesta de Senabed al TSE
-
- Respuesta de Senabed al TSE