El presidente de la República Alejandro Giammattei, en Consejo de Ministros, aprobó la prórroga de contratos de trabajadores por contrato, es decir bajo el renglón 022.
La disposición se hizo oficial mediante el Acuerdo Gubernativo 291-2021 del Ministerio de Finanzas en el que faculta a las Autoridades Nominadoras de instituciones que se rigen por la Ley de Servicio Civil, las cuales renovarán los contratos bajo su estricta responsabilidad.
En la parte considerativa del acuerdo se explica que esta disposición se emitió para cumplir con la obligación del Gobierno de garantizar la continuidad de los programas, subprogramas, proyectos, actividades y obras que por mandato legal le corresponde desarrollar.
Además, destaca que esto se hará cuando las necesidades del servicio lo requieran y que se cuente con la disponibilidad financiera correspondiente.
Normas para la prórroga de contratos en renglón 022
El artículo dos establece las normas bajo las que queda sujeta la prórroga de contratos en renglón 022.
Entre estas señala que para que se pueda realizar la prórroga, los contratos deben estar vigentes al 31 de diciembre de 2021, además que, para renovarlos, las entidades deben contar con la correspondiente asignación en el presupuesto del ejercicio fiscal 2022.
Además reitera que procederá sólo en casos en que sea estrictamente necesario y siempre que prevalezcan las mismas condiciones que dieron origen a la suscripción del contrato, y que el puesto, especialidad o unidad administrativa en la que fue contratado el servicio no se haya modificado.
Asimismo, explica que para formalizar la prórroga del contrato se hará un Acuerdo Interno de la Institución, en el que se consignará que este se puede dar por finalizado en cualquier momento y por ocurrir cualquiera de las causas de terminación estipuladas en el contrato, así como por modificación de la estructura interna y faltas en el servicio.
Traslados a renglón permanente
El artículo 3 del acuerdo establece que durante el ejercicio fiscal 2022 y bajo la responsabilidad de la Autoridad Nominadora de cada Institución continuará el proceso de traslado de puestos del renglón 022 al permanente.
De esa cuenta las instituciones que no han cumplido con esta disposición quedan obligadas a evaluar si las actividades asignadas a los puestos con cargo al renglón de personal por contrato se consideran de carácter permanente para realizar el trámite del cambio de renglón.
En este sentido se aclara que esta posibilidad aplica sólo para puestos ocupados por servidores públicos cuyas tareas hayan sido consideradas de carácter permanente por las autoridades correspondientes y se les haya contratado por más de un ejercicio fiscal completo.
Prohibiciones
También se establecen prohibiciones que se deben tomar en cuenta en la prórroga de los contratos 022.
Entre estas se establece que queda prohibido incrementar la remuneración originalmente estipulada en los contratos que se prorroguen.
Así como prorrogar contratos cuya vigencia haya concluido antes del 31 de diciembre de 2021. Entre estas prohibiciones también habla de incluir cláusulas que alteren la facultad de las autoridades para finalizar el contrato cuando lo estimen conveniente, entre otros.
En caso de los contratos que no se renueven deberá suscribirse acta de entrega del cargo y dar aviso a la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSEC).
Vigencia
El presente acuerdo entra en vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.