A partir de este viernes 5 de mayo, entran en vigencia, cambios a las disposiciones presidenciales anunciadas el pasado 31 de mayo.
Se trata de reformas al plazo de aplicabilidad de restricciones y limitaciones de locomoción, actividades sujetas a restricción de horario y una adición relacionada a la apertura del transporte en la ciudad de Guatemala.
En detalle
“Se reforma la disposición presidencial SEGUNDA, numeral 1, literal e) de fecha 14 de mayo de 2020, reformada por Disposición Presidencial de fecha 17,24 y 31 de mayo de 2020 “DE LA SEGURIDAD DE LA SALUD PÚBLICA Y LAS CORRESPONDIENTES RESTRICCIONES Y LIMITACIONES DE LOCOMOCIÓN”, adicionando el inciso vi) la cual queda así.
“vi) Los personeros y trabajadores del sistema bancario nacional, entre los que se incluyen las aseguradoras, cooperativas, financieras y todos los bancos debidamente autorizados, quienes deberán portar identificación del lugar en donde laboran y autorización expresa por tal entidad cuando circulen o transiten en el horario restringido en la presente disposición”.
En la parte de los considerandos, el Gobierno explica que se toma esta medida derivado de la implementación de los diversos Fondos destinados para la emergencia del COVID-19, por lo que se hace necesario que las entidades bancarias, sus colaboradores y el sistema bancario en general, funcione en su máxima capacidad, para atender y cumplir con las obligaciones adquiridas en los fondos antes señalados.
También se deroga la literal a) del numeral 2) de la Disposición Presidencial SEXTA de fecha 14 de mayo de 2020, reformada el 17,24 y 31 de mayo de 2020, “ACTIVIDADES SUJETAS A RESTRICCIÓN DE HORARIO”.
Al quedar derogada, los bancos, financieras, aseguradoras y cooperativas quedan excluidos del horario restringido de 5:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes; para dar cumplimiento a los cambios anunciados hoy.
Transporte
Además se adiciona la Disposición DÉCIMA OCTAVA a las Disposiciones Presidenciales vigentes, la cual queda establecida así:
“DÉCIMA OCTAVA”: DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS QUE ENCUENTRAN SUJETOS A ESTUDIO, PLAN PILOTO, PRUEBAS O EVALUACIONES.
PRUEBAS PARA DETERMINACIÓN DEL PLAN PILOTO DE HABILITACIÓN PARCIAL DEL TRANSPORTE PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA: TRANSMETRO. La Municipalidad de Guatemala podrá programar para los días 6 y 7 de junio de 2020 las pruebas de operación del TRANSMETRO, en las líneas que establezcan, poniendo en práctica los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social e iniciar un acoplamiento estructurado en diversas fases.
El acuerdo indica que la municipalidad debe informar por todos los medios posibles a los usuarios sobre los protocolos sanitarios, trayectoria, horarios, tasa por viaje.
El Ministerio de Salud Pública, la Comisión Presidencial de atención a la Emergencia Covid-19 (COPRECOVID) y la Municipalidad de Guatemala, mantendrán comunicación constante con el propósito de optimizar los resultados y generar los informes que sirvan de referencia para el retorno del transporte público, urbano y extraurbano en su oportunidad”, señala el acuerdo.
A excepción de estas modificaciones, las restricciones temporales establecidas en las Disposiciones Presidenciales de fecha 14 de mayo de 2020, y reformas de fecha 17, 24 y 31, continúan vigentes, hasta nuevo aviso.
Puede leer el documento completo en la edición legal del Diario de Centroamérica de fecha 5 de junio.