Debido a que en el territorio nacional, como parte de la aplicación de las leyes y órdenes judiciales, se ejecutan frecuentemente desalojos de espacios físicos o propiedades que requieren la movilización de personas por parte de las autoridades, estas acciones deben llevarse a cabo siguiendo los protocolos para la prevención del contagio del Covid-19, tanto para los operadores de justicia y agentes de seguridad, como para as personas desalojadas o movilizadas.
Por tal razón, el Ministerio de Salud y Asistencia Social (MSPAS), publicó este miércoles 13 de enero en el Diario Oficial, el Acuerdo Ministerial Número 289-2020, en el cual se aprueba la Norma para la Prevención de Covid-19 en Procedimientos de Desalojos Judiciales o Movilizaciones.
Principios básicos
Procedimientos y cuidados que deben guardarse por desalojos o movilizaciones judiciales
Los jueces que ordenan un desalojo o movilización, y las autoridades encargadas de ejecutar la orden judicial, deberán revisar el Tablero de Alertas Sanitarias, publicado para el municipio donde se llevará el proceso, para determinar el riesgo de contagio de Covid-19.
Los oficiales a cargo de la orden judicial deberán consultar y coordinar con el Distrito de Salud Municipal para determinare el riesgo de infección y cualquier medida adicional necesaria.
Vigencia
El Acuerdo Ministerial Número 289-2020 entra en vigor el jueves 14 de enero de 2021, y deberá publicarse en la página web oficial del MSPAS.