Con la publicación de los fallos definitivos de la Corte Constitucional en el Registro Oficial, las parejas del mismo sexo podrán acudir a las oficinas del registro civil en todo el territorio ecuatoriano y contraer matrimonio. Eso ocurrió poco después cuando el registro civil indicó en un comunicado que las parejas del mismo sexo ya pueden “conocer los requisitos, costos y agendar su cita” para casarse.
La federación ecuatoriana de organizaciones LGBTI indicó en su sitio de internet que al momento se tienen registrados los datos de 57 parejas del mismo sexo que buscan casarse, la mayoría en Guayaquil, seguida de la capital Quito, pero también en las ciudades de Babahoyo, Portoviejo y Cuenca.
Las dos sentencias se emitieron el 12 de junio, pero demoraron en publicarse en la gaceta oficial casi un mes. Durante este periodo, el máximo tribunal negó por improcedente un recurso de aclaración y ampliación de sentencia solicitado por un colectivo de organizaciones religiosas conservadoras que se oponía a la decisión basada en el principio constitucional a la igualdad entre las personas.
La Corte resolvió las demandas planteadas por dos parejas homosexuales que recurrieron a todas las instancias legales para exigir su derecho a casarse. Tras una larga lucha, en marzo la Corte Provincial elevó la consulta a la Corte Constitucional. Luego de preguntar a organizaciones de defensa de los homosexuales, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una opinión favorable para que Ecuador aprobara el matrimonio civil igualitario.
Casi un centenar de profesores de leyes de diversas universidades de Sudamérica respaldaron las sentencias de la CC y afirmaron que los fallos “rechazan la exclusión y discriminación en la que han vivido las personas LGBTI, sobre la base de la defensa de sus derechos”.
En América Latina los países que han aprobado alguna forma legal de matrimonio igualitario son Costa Rica, Argentina, Brasil, Colombia y Uruguay. También está permitido en la Ciudad de México.
Ecuador únicamente reconocía el matrimonio heterosexual y como un elemento de menor jerarquía la unión de hecho, una declaración notarial en la que dos personas señalan que viven juntas, pero con protección casi inexistente en aspectos como las prestaciones sociales, médicas y laborales.