El Acuerdo Ministerial 49-2021, publicado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) en el Diario de Centro América, declara oficial la época de veda temporal y establece límites para capturar especies marinas en: Bahía de Amatique, Bahía de Santo Tomás de Castilla, Desembocadura de Río Dulce, Desembocadura de Río Sarstún, Bahía la Graciosa, Bahía Santa Isabel, Canal Inglés, Zona Marítima Expuesta de Punta de Manabique, Mar Caribe, Bajo de Motagua, Desembocadura de Río Motagua, Lago de Izabal, Río Dulce y Golfete.
La publicación establece que la veda espacio temporal, se implementará para limitar la pesca de recursos hidrobiológicos, tanto marítimos como continentales, garantizando así el uso, aprovechamiento y sostenibilidad a largo plazo.
Especies protegidas
MAGA, destacó que las especies bajo protección son:
-Camarón en todos sus tipos, por período de dos meses y medio comprendidos desde el 1 de mayo hasta el 15 de junio de 2021, dicha veda, también se establece para el 1 de noviembre hasta el 30 de noviembre del año 2021.
-Manjua, familia de la sardinas, desde el 1 de mayo hasta el 15 de junio de 2021. La talla mínima permitida será en su estado juvenil y no podrá ser menor a 5 centímetros.
-Caracol Reina, la veda abarcará desde el 1 de julio hasta el 30 de octubre de 2021.
-Caracol Burro, en todos sus tipos la veda estará vigente desde el 1 de noviembre hasta el 30 de noviembre de 2021.
-Mero de Nassau, en todos sus tipos la veda estará vigente desde el 1 de diciembre 2021 hasta el 31 de marzo de 2022.
-Tiburones, todos los tipos de estas especies serán protegidas por un periodo de cuatro meses, desde el 1 de mayo al 31 de agosto de 2021.
-Rayas, todos sus tipos, estarán en veda durante un mes y media, desde el 1 de mayo al 15 de junio de 2021.
-Pargo, en todos sus tipos, serán protegidos desde el 1 de mayo al 15 de junio de 2021.
-Jaibas, la talla mínima de captura permitida de la jaibas sin importar su sexo, no podrá ser menor a 7 centímetros de longitud, pero, el artículo 11 del Acuerdo, aclara que “queda prohibida la extracción de jaibas ovadas en todo momento”.
–Bagres, jureles, róbalos, mojarras, lisas, roncos, curvinas, sierra, barracudas y palometa, en bahía de Amatique, Bahía de Santo Tomas de Castilla, desembocadura de Río Dulce, Río Sarstún, La Graciosa, Bahía Santa Isabel, Canal Inglés, Zona Marítima expuesta de Punte de Manabique, Mar Caribe, Bajo Motagua y Río Motagua, estarán en veda desde el 15 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2021.
Estas mismas especies más la Machaca y pepesca de Guabina y Sábalo para el lago de Izabal, Río Dulce y Golfete, estarán en veda del 1 de mayo hasta el 15 de junio 2021.
-Pigua, en desembodura de Río Motagua, Lago de Izabal, Río dulce y Golgete, estará en veda del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2021.
Sanciones
El artículo 15 del documento, establece que la inobservancia de la veda, procederá a sanciones establecidas en el artículo 81, númeral 1, de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Asimismo, la autoridad competente podrá disponer a realizar cualquier tipo de actividades tendientes al cumplimiento al presente Acuerdo Ministerial que empieza a regir desde el este lunes 29 de marzo de 2021.
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