El Ministerio de Cultura y Deportes aprobó el acuerdo ministerial 1299-2022, mediante el cual se establece el cobro por reproducción de información requerida a la Unidad de Acceso a la Información Pública.
Ya que, según la parte considerativa del acuerdo, en la actualidad la cartera atiende un elevado número de solicitudes de información pública, destinando recursos para la reproducción de la información solicitada; lo cual impacta en los recursos asignados a ese ministerio.
También explica que se hace con base en el artículo 18 del Decreto 57-2008 –Ley de Acceso a la Información Pública– que se refiere a la gratuidad de la información pública cuando se hace para análisis y consulta en las oficinas de las instituciones.
No obstante, indica que si el interesado necesita reproducir la información se realizará un cobro por los gastos que esto represente a la entidad a la cual consulta; a menos que él proporcione los materiales para realizarlo.
De esa cuenta, la cartera de Cultura y Deportes fija una tarifa para los casos que aplique dicho cobro; la cual queda de la siguiente manera:
¿A dónde irán los recursos del cobro por reproducción de información?
En el artículo 6 de este acuerdo, se indica que los recursos que se obtengan por reproducción de información pública, serán fondos privativos del Ministerio de Cultura y Deportes y serán utilizados para funcionamiento y/o inversión.
De esa cuenta indica que la Dirección Administrativa Financiera de la Dirección Superior, junto a la Unidad de Acceso a la Información Pública, deberán llevar un control de los fondos privativos obtenidos bajo este concepto y serán responsables de registrarlos en los sistemas administrativos y presupuestarios correspondientes.
La medida entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.