Este viernes salió publicado en el Diario Oficial el Acuerdo Número 32-2022, en el cual aprueban el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Emergencia Covid-19 y el Anexo adjunto.
Primero, para evitar el contagio del virus, todos los habitantes de la República hayan o no padecido la enfermedad deben cumplir lo siguiente:
Medidas mínimas
Las medidas establecidas en el Tablero de Regulaciones, constituyen acciones de salud pública mínimas a cumplirse en cada municipio, según el color de alerta y el tipo de actividad.
Las autoridades locales podrán aumentar y nunca disminuir las medidas, en consenso con líderes locales y representantes institucionales.
Responsabilidad
Los organizadores de eventos y actividades, gerentes de comercio y las autoridades locales, solos responsables de velar por el cumplimiento de las regulaciones y medidas de salud en la presente disposición.
Protocolos
Los organizadores de eventos y actividades religiosas, recreativas o deportivas, deberán elaborar y presentar sus protocolos de bioseguridad ante las autoridades de salud locales para su revisión, retroalimentación y extensión para obtener las autorizaciones respectivas.
Infracciones
Los que no cumplan con las disposiciones, serán sancionados por la autoridad de salud correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 90-97 del Congreso, Código de Salud.
Derogatoria
El artículo 7 da conocer que se derogan los Acuerdos ministeriales Números 229-2020 de fecha de fecha 28 de septiembre del año 2020 y su modificación por medio del Acuerdo 234-2020 de fecha 1 de octubre siempre del año en mención, emitidos por el MSPAS.
El Acuerdo Número 32-2022, entra en vigor este viernes 11 de febrero del 2022.
Anexo Acuerdo Número 32-2022
Definición
El Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Emergencia COVID-19, causado por el virus SARS-CoV-2, es un instrumento que, mediante la medición periódica de indicadores de la incidencia de la enfermedad, la intensidad del contagio, la tendencia de la epidemia, el uso y disponibilidad de pruebas diagnósticas y el avance de la cobertura de vacunación contra la Covid-19, permite determinar el nivel de riesgo que existe para la población.
Ámbito
Tendrá un ámbito municipal, departamental y nacional.
Temporalidad
El tablero de alertas sanitarias que permitirá la asignación del tablero de riesgo por municipio, se publicará de forma quincenal el día sábado y se aplicará partir del día siguiente.
Parámetros
Para determinar el nivel de riesgo de la epidemia por municipio, son los siguientes:
Tablero de regulaciones y medidas de salud pública basada en el Sistema de Alertas Sanitarias