Como lo dio a conocer el presidente de Guatemala Alejandro Giammattei, este viernes salió publicado en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 208-2022, el cual establece que los contribuyentes o responsables, que hayan incurrido en infracción por omisión del pago del Impuestos sobre Circulación de los periodos 2021 y 222, de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos quedan exonerados al 100 por ciento de la multa, mora, intereses o recargos causados.
Alejandro Giammattei: Es una manera para contribuir que estén al día”
Sin embargo, en el Acuerdo se aclara que se hará efectivo siempre que liquiden ante la Administración Tributaria (SAT) el 100 por ciento de dicho impuesto.
La SAT podrá emitir las disposiciones administrativas correspondientes para la debida aplicación de la exoneración.
El Acuerdo Gubernativo 208-2022 entre en vigor este viernes 5 de agosto y tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2022.
El valor de la multa
El impago del impuesto a tiempo representa una multa del 100 por ciento sobre el valor del impuesto, más el 12.65 por ciento de intereses al año (exonerado hasta el 31 de agosto con el Acuerdo), además, si lleva 3 años consecutivos de no pagar el vehículo quedaría inactivo.
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