La tarde de este domingo un grupo aproximadamente de 100 personas se enfrentaron a agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) que se encontraban realizando operativos con la finalidad de prevenir actos fuera de la ley y en cumplimiento a lo establecido en el estado de Sitio.
Según la información brindada, los pobladores se encontraban en el ingreso del caserío Cholcajá, Nahualá, Sololá, quienes manifiestan desacuerdo con estado de Sitio. Los inconformes lanzaron piedras a los uniformados. Extraoficialmente se conoce que los manifestantes portan armas de grueso calibre.
Videos circulan en redes sociales
Desde el inicio iniciaron a circular videos grabados por personas que buscaban regresar a la Capital. En uno de ellos se ve como los turistas salían corriendo mientras los conductores intentaban dar la vuelta y alejarse.
En otro video se ve que los uniformados tuvieron que resguardarse en un inmueble debido a que les lanzaban piedras.
Mientras tanto fue necesario la llegada de agentes antimotines y elementos del Ejército de Guatemala para controlar la situación.
Conflictividad cobra vidas inocentes
El viernes 17 de diciembre de 2021 por la noche se registró un ataque armado en contra de un grupo de personas que ingresaron a un área de conflicto para recoger cosecha de maíz.
A pesar de que el grupo en el que había hombres, mujeres y niños estaban acompañados por elementos de la Policía Nacional Civil (PNC) se convirtieron en blanco de un ataque con armas de fuego perpetrado por un grupo armado. El hecho dejó el saldo de 14 personas fallecidas, varios niños y adolescentes entre ellos, además de un agente policial.
Conflicto entre Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán deja 13 muertos
Estado de Sitio
El martes 21 de diciembre salió publicado en el Diario Oficial el Decreto Gubernativo número 11-2021, en el cual declara y establece estado de Sitio en los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán, departamento de Sololá, tras los hechos ocurridos en la región.
Plazo
30 días a partir de la vigencia del Decreto 11-2021.
Limitaciones
Por atribución constitucional se restringe la plena vigencia de los derechos reconocidos en los artículos: 5º libertad de acción, 6º detención legal, 9º interrogatorio a detenidos 33 primer párrafo derecho de reunión y manifestación y 38 segundo párrafo tenencia y portación de armas, de la Constitución Política de la República de Guatemala, en los municipios establecidos en el artículo uno.
Así mismo, se restringen el derecho de libertad de locomoción reconocido en el artículo 26 de la Constitución, el cual únicamente estará limitado de las 18 horas de un día a las cinco horas del siguiente.
Publican en el Diario Oficial el Decreto de estado de Sitio en Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán