Sobre lo informado por el Ministerio Público (MP) que el Tribunal Supremo Electoral, (TSE) tenía dos propuestas de software, pero se inclinaron por la de mayor precio, los Magistrados del ente electoral informaron:
En año electoral y preelectoral, la ley los faculta para que puedan hacer estos procedimientos de compra por excepción y tiene una razón de ser porque los tiempos son apremiantes y los procesos normales son largos.
Se emitieron acuerdos internos y lo que se trató de agilizar fueron los tiempos, se llevaron por un procedimiento riguroso que realizaron.
Se vio la posibilidad de quienes podían apoyarlos con el software, e hicieron las invitaciones a ofertar.
De esas invitaciones se inscribieron tres empresas y les solicitaron una prueba técnica, a cada empresa, previo a la decisión de qué empresa, la prueba técnica se hizo en conjunto, los Magistrados, personal de informática, editorial electoral, etc.
Se hicieron pliegos por especialistas idénticos, para las tres empresas que hicieron las pruebas técnicas, las pruebas duraron cinco horas aproximadamente para cada empresa.
Supervisión
Según el MP no hubo supervisión por parte del TSE en la transmisión del conteo de los datos en el día de elecciones.
Los Magistrados del TSE informaron que el ente electoral no es supervisor, el Tribunal estaba a cargo y el control de todo el evento electoral, porque ellos compraron un software, el cual les fue entregado y tenían mesa de ayuda, el control total y el personal que estuvo en la transmisión y todo es el personal del Tribunal Supremo Electoral, la palabra control el MP la esta utilizando de una forma confusa y con un desconocimiento total.
El conteo lo realiza la Junto Receptora de Votos, y lo que hace es el llegando del acta número cuatro, trasladársela al digitador, y el digitador es transmitir la información, esto es facultad únicamente del órgano electoral, en la Junta Receptora de Votos, posteriormente las Juntas Municipales y Departamentales dentro de sus funciones está el llenado del documento número ocho, que realmente es el que va a oficializar los resultados.
El custodio del voto es la Junta Receptora de Votos, la Junta Electoral Municipal y Departamental, no hay que confundir los términos tal como se indica en el expediente que fue planteado por el Ministerio Público, nadie contó. Contó la Junta receptora de Votos.