Pleno de magistrados del TSE dice no a inscripción de Thelma Cabrera y Jordán Rodas
Los magistrados validaron las razones que motivaron al Registro de Ciudadanos a rechazar la inscripción.

El Pleno del Tribunal Supremo Electoral -TSE- declaró sin lugar recurso de nulidad presentado por el MLP, esto debido a que la inscripción de su binomio presidencial no procedió.
Se trata de Thelma Cabrera y Jordán Rodas Andrade quienes fueron proclamados por esta organización sin embargo, ante la negativa del TSE procedieron a presentar un recurso legal para revertir esta decisión.
Dicho recurso fue presentado ante las instancias correspondientes, fue evaluado por el pleno de Magistrados, pero fue rechazado; confirmando así la no inscripción.
El expediente 321-2023 recopila el análisis del pleno, y menciona que uno el finiquito de Rodas Andrade carece de validez ya que en el portar de la Contraloría General de Cuentas se detalla que existen cargos jurídicos.
El fallo fue avaldo con el voto favorable de cuatro Magistrados y un voto razonado disidente.
Análisis del expediente
El pasado 28 de enero, el Registro de Ciudadanos declaró que no procedía la inscripción de Cabrera y Rodas, debido a que este último tiene dos reparos ante Contraloría General de Cuentas –CGC- por el manejo de fondos públicos.
La decisión se tomó con base en la Constitución de La República y La Ley de Probidad y Responsabilidad de funcionarios y Empleados Públicos, de esta última en su artículo 15.
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En su segundo párrafo se refiere a “Los ciudadanos guatemaltecos que no tengan impedimento legal y que reúnan las cualidades necesarias, tienen derecho a optar a cargos y empleos públicos.
Además, en la resolución se plantea la necesidad de que el finiquito debe contar con “autenticidad, vigencia y legitimidad”.
El Registro de ciudadanos recordó que la Constancia es un requisito “sine qua non” para la inscripción de candidatos.
Proceso
Con esta decisión, el proceso cambia su rumbo ya que la agrupación podrá acudir ante la Corte Suprema de Justicia -CSJ- para intentar revertir el fallo.
De no obtener una respuesta positiva por este en judicial, el MLP podrá accionar ante la Corte de Constitucionalidad -CC- siendo la última instancia a la cual podrán acudir.