Carlos Pineda, candidato presidencial por el partido Prosperidad Ciudadana presentó un recurso legal para solicitar la suspensión definitiva y archivo de la acción de amparo promovida por el Partido Político Cambio; con el que corre el riesgo de quedar fuera de la contienda electoral.
La solicitud la entregaron en la Sala Sexta del Tribunal de lo contencioso administrativo, constituida en Tribunal de Amparo; la cual tiene a su cargo resolver el amparo en mención.
Pineda, quien actúa como tercero interesado en el proceso de amparo identificado con el número 01190-2023-00151, argumenta que este no tiene sustento constitucional, ni legal; debido a falencias y deficiencias que se argumentan en su solicitud.
Buscan que se respete el derecho a elegir y ser electo
El abogado del candidato presidencial, Erick Castillo reiteró que la función fundamental de la acción que presentan es que se respete la institucionalidad del país en base al artículo 140 de la Constitución Política de la República.
Por estas razones es importante evidenciar que la presentación de esta solicitud del presidenciable Carlos Pineda es velar porque se respete el derecho a elegir y ser electo de todos los postulados por el partido político Prosperidad Ciudadana y finalmente se respete y que sea el pueblo de Guatemala el que decida este 25 de junio de 2023 quienes serán las próximas autoridades de este país”.
Agregó que en base a lo que expone el recurso legal, la acción que promueve la agrupación política Cambio es espuria, y que en base en la jurisprudencia de la propia Corte de Constitucionalidad debe rechazarse para que se respete y resguarde el derecho a elegir.
Estos son los argumentos que destaca Carlos Pineda en su solicitud
De acuerdo con el documento, estos son los argumentos que destaca Carlos Pineda en su solicitud; con los cuales reitera que lo que reclama el partido Cambio no cuenta con sustento legal y no se le debe dar trámite.
En primer lugar, Pineda afirma que el partido Cambio no agotó la vía administrativa en cuanto a lo que reclama: que la segunda asamblea nacional ordinaria de Prosperidad Ciudadana no es legal porque no cumplió con los requisitos que establece la ley. Esto porque no denunció el acto reclamado ante el registro de ciudadanos cuando se emitió el acta, en el tiempo correspondiente.
Por otro lado, cuando presentan el amparo ante la sala sexta, este tenía deficiencias; por lo que les fijan fecha de tres días para la subsanación, pero el interponente presenta una ampliación de subsanaciones (correcciones) hasta el 12 de mayo; un día después del plazo establecido.
El tercer aspecto que destaca el candidato de Prosperidad Ciudadana es que Cambio argumenta desigualdad, pero él responde que no hay violación como tal.
Finalmente indica que el acto reclamado obedece a una asamblea ordinaria que son acciones administrativas y no a la postulación de los candidatos que fueron inscritos legalmente.
Aquí puede consultar la solicitud presentada por el candidato presidencial de Prosperidad Ciudadana:
Presidenciable CARLOS PINEDA solicita suspensión de amparo presentado por partido político CAMBIO