La Corte de Constitucionalidad (CC), resolvió “Sin lugar las acciones de inconstitucionalidad general promovidas al Acuerdo Gubernativo 89-2019, Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el trabajo a Tiempo Parcial”.
La cartera de Trabajo informó que son 113 empresas las que habían suscrito 658 contratos individuales bajo esta modalidad, (Tiempo Parcial).
¿Qué es el trabajo de Tiempo Parcial?
El tiempo parcial es todo trabajo que sea menor a la jornada completa ordinaria establecida en el Código de Trabajo.
La Jornada ordinaria diurna de hasta 8 horas.
Mientras que la Jornada ordinaria mixta de hasta 7 horas.
Y la Jornada ordinaria nocturna de hasta 6 horas.
El empleado puede llegar a completar hasta 12 horas de trabajo continuo contando las horas extras, según indica el Código de Trabajo.
Ministerio de Trabajo emite video informativo sobre trabajo a tiempo parcial