El Decreto 47-2022 que el congreso aprobó con 92 votos favorables y que busca mejorar la atención y evitar el congestionamiento de casos en los Tribunales de Familia, se publicó en el Diario Oficial.
Los cambios se realizaron al Código Civil, Código Procesal Civil y Mercantil; así como a Ley de Tribunales de Familia; mediante las cuales se actualizan dichas normativas para que estén apegados a la realidad actual del país y con ello garantizar el acceso a la justicia pronta y cumplida.
¿Cuáles son los principales beneficios?
Entre sus beneficios, ahora se exonera el precio total de la tarifa establecida en el arancel para la realización de las pruebas genéticas por parte del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), en los juicios de declaración de paternidad y filiación.
Además, faculta a que los jueces en la sentencia de paternidad y filiación, puedan fijar la pensión alimenticia a favor de un menor de edad, con el fin de garantizar su derecho a la alimentación.
Así mismo, busca garantizar la atención a las víctimas de violencia intrafamiliar; la agilización de los procesos judiciales; y la especialización de los jueces y magistrados que integran los órganos jurisdiccionales de familia.
De la misma manera, se establece que los jueces ordenarán a todos los especialistas adscritos al tribunal, las investigaciones necesarias para que los problemas se puedan resolver con conocimiento pleno de la realidad de las situaciones. Por lo que los informes se deben resolver con prontitud, acuciosidad, veracidad y objetividad.
Vigencia
El presente decreto entrará en vigencia, tres meses después de su publicación en el Diario Oficial.