En el Congreso de la República se presentó una iniciativa de ley temporal para el comiso de armas de fuego y municiones.
La propuesta busca reformas al artículo 60 del Código Penal, el cual establece que, toda arma de fuego decomisada se utilice a favor del estado, algunas serán puestas en venta para los fondos privativos del Organismo Judicial -OJ- y otras destruidas hasta su fase de fundición.
De acuerdo con la iniciativa 6222, se establece un procedimiento por cinco años para que las armas que sean decomisadas por procesos judiciales sean para uso de la Policía Nacional Civil -PNC- o para destrucción.
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Para el procedimiento de destrucción, un juez tramitará en cualquier fase del proceso la destrucción de armas que no puedan ser utilizadas por el estado, luego que la Dirección General de control de armas y municiones emita un dictamen sobre el estado del armamento.
Esta propuesta de ley fue remitida por la Junta Directiva hacia la Comisión de Gobernación del Congreso de la República, para su análisis y dictamen.