El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer que, por medio del acuerdo 1922-2023, quedó instalada la Comisión de Actualización y Modernización Electoral (CAME), esto en cumplimiento del Artículo 256 Bis de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
La CAME también considerará la elaboración y presentación de una iniciativa de ley al Congreso de la República.
El propósito final es avanzar en el fortalecimiento y profundización del régimen democrático.

Integración de la CAME
Según el artículo 4 del acuerdo de establecimiento de la CAME, la integración de la Comisión estará integrada por:
a. El Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral, y presidirá las sesiones de la Comisión el Magistrado Presidente o quien se designe;

b. Un representante de cada partido político;
C. Un representante de cada organización social, instituciones académicas, y otras organizaciones de la sociedad civil, que presenten propuestas fundamentadas de reforma normativa, previo registro ante el Tribunal Supremo Electoral;
d. La Secretaría Técnica;
e. Equipo de expertos, cuando sean convocados;
f. Equipo de apoyo técnico;
g. Otras instancias que el Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral determine oportunamente.
Cada institución y organización podrá nombrar un representante titular con su respectivo suplente, cuya designación debe acreditarse mediante carta formal ante la Secretaría Técnica de la Comisión.
En las sesiones podrá participar el representante titular con voz y voto, o su respectivo suplente acreditado en ausencia de éste.
Los Magistrados suplentes del Tribunal Supremo Electoral podrán integrar las sesiones y grupos de trabajo de la Comisión.
Este decreto se publicó luego de la conclusión del proceso electoral por el cual se oficializan los resultados de las Elecciones Generales y al Parlamento Centroamericano para el período constitucional correspondiente, mismos que son inalterables, señaló el TSE.