El pleno de magistrados del TSE revocó la inscripción de Roberto Arzú y David Pineda, como binomio presidencial del partido Podemos.
La decisión surge tras declarar con lugar un recurso de nulidad presentado por el partido FCN-Nación, en el cual se señala a la agrupación de haber incurrido en campaña anticipada.
Los magistrados en su resolución señalan que: la unidad de monitoreo de medios ha presentado 21 informes del año 2021 al 2023, en el cual se hace constar que el ciudadano Roberto Arzù difunde programas de gobierno y promociona su imagen en redes sociales, cuyo monto asciende a Q. 250 mil quetzales.
Además, el partido Podemos tiene una multa por un monto de $ 50 mil dolares americanos desde el año 2019 por campaña anticipada y que hasta la fecha no ha sido cancelada.
El recurso de nulidad se presentó el pasado martes 31 de enero ante el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral –TSE-.
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Recurso
De acuerdo con el partido FCN-Nación, Podemos hizo campaña anticipada en redes sociales, con pago de pauta para promocionar a los candidatos, así como pedir el voto antes de tiempo.
Dichos argumentos, fueron presentados ante el Registro de Ciudadanos como un recurso de nulidad que fue conocido por los magistrados y fue admitido para su trámite.
Cabe mencionar que, el pasado 26 de enero el TSE archivó el expediente donde advertía al candidato a la presidencia, Roberto Arzú García-Granados, por supuesta campaña anticipada.
Proceso
Con esta decisión, el proceso cambia su rumbo ya que la agrupación podrá acudir ante la Corte Suprema de Justicia -CSJ- para intentar revertir el fallo.
De no obtener una respuesta positiva por este en judicial, el partido Podemos podrá accionar ante la Corte de Constitucionalidad -CC- siendo la última instancia a la cual podrán acudir.