Atendiendo el artículo 68 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), autoridades del Tribunal Supremo Electoral (TSE), continúan enviando oficios a los distintos partidos para que retire su campaña electoral. Hasta el momento los 25 partidos y 79 Comités Cívicos, mantienen propaganda en distintos puntos a nivel nacional.
Claudia Ardón de la Inspección General, dio a conocer que se han dado a la tarea en solicitar en este momento del proceso electoral la colaboración de estos, ya que al finalizar el proceso lo deberán hacer obligatoriamente con las respectivas acciones legales que con esto conlleva.
Contexto
Finalizada la segunda vuelta electoral para presidente y vicepresidente para el periodo 2024-2028, los partidos políticos deben iniciar a retirar la propaganda que colocaron en la vía pública.
Según lo establece la LEPP, en el capítulo 4, articulo 219; las agrupaciones políticas tienen hasta 60 días para retirar todo este tipo de material.
¿Qué sucede si se incumple con la disposición de ley?
Vencido el plazo, cualquier autoridad con la autorización del TSE, podrá retirar la propaganda en cuyo caso, el costo de retiro deberá ser deducido del monto del financiamiento público al que se tenga derecho; de no tener derecho, el candidato que promoviera la propaganda será responsable de pagar los costos antes mencionados y en el caso de la propaganda política que promueve genéricamente a un partido en general, el responsable será la organización política promovida.
En el caso de la ciudad de Guatemala, es la municipalidad que se encarga de retirar esta publicidad como ha sido en años anteriores.
Sanciones
El artículo 88 establece que, de acuerdo la infracción a las normas, se impondrá las siguientes sanciones:
Amonestaciones públicas o privada
Multa
Suspensión temporal
Suspensión de la facultad de recibir financiamiento político público o privado en caso de contravención a las normas que regulan el financiamiento y fiscalización de las organizaciones políticas.
Cancelación del partido
Además, se indica que estas sanciones se imponen a las organizaciones políticas y sus afiliados, o a los candidatos. En el caso de la posible comisión de un delito se debe presentar una denuncia ante el Ministerio Público (MP).